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NECESITO APLAZAR PAGOS CON HACIENDA Y EL BANCO NO ME DA UN AVAL ¿QUÉ HAGO? PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Jueves, 09 de Junio de 2011 23:32

Por regla general, para el pago de los impuesto por importe superior a 18.000 euros, Hacienda exige que el contribuyen aporte garantías (normalmente un aval), que cubra la cantidad aplazada más el 25% de los intereses que se pudieran generar por dicho aplazamiento. Un aval supone además un coste financiero: comisión de apertura y comisiones trimestrales. Normalmente, los bancos están exigiendo pignorar la cantidad del aval; de manera que el contribuyente tiene que tener un dinero retenido por igual importe retenido en el banco.

Otra alternativa puede ser constituir una hipoteca a favor de Hacienda sobre algún bien inmueble, debiendo acudir a una notaria para formalizar la correspondiente escritura, abonando además el 1% del importe de la hipoteca (principal aplazado más el 25%) en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Sin embargo, existe una segunda opción menos gravosa para el contribuyente y que consiste en solicitar medidas cautelares en sustitución del aval bancario o de la hipoteca. Y consiste en el embargo preventivo de alguno de los bienes del contribuyente, mediante anotación en el correspondiente Registro de la Propiedad. Para ello Hacienda exige que le acreditemos que la constitución de las garantías antes mencionadas resulta excesivamente gravosa respecto a la cuantía y al plazo de la deuda.

La petición de adopción de medidas cautelares se debe realizar por escrito, poniendo un énfasis en el elevado coste que supone formalizar una escritura o aval, aportando varias propuestas de entidades financieras donde reflejen los costes o bien la negativa a la concesión del aval, así como un presupuesto de la notaría o gestoría que fuera a tramitar la escritura de hipoteca; y por último acompañe al escrito una relación de los bienes de su propiedad sobre los que Hacienda podría trabar el embargo preventivo.

Recuerde que Vd. tiene derecho a que Hacienda intervenga en sus actuaciones de la manera que resulte menos gravosa para el contribuyente.

Última actualización el Jueves, 09 de Junio de 2011 23:46
 
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